DLMA Abogados

Ana de la Morena Rubio​

Socio de DLM INSOLVIA

Ana de la Morena Rubio

Socio de DLM INSOLVIA

ABOGADO (Col. ICAM. nº80.738)

Socio de DLM INSOLVIA.

Experiencia laboral

Abogado con mas de 15 años de experiencia en derecho procesal y mercantil. 

Especialista en  derecho concursal y propiedad intelectual.

Administrador Concursal en los Juzgados Mercantiles de Madrid desde el año 2012.

    • Abogado asesoría jurídica en PRISA.
    • Abogado en el despacho especialista en propiedad intelectual “Santiago Mediano Abogados”.
    • Abogado asociado en  “Suarez de la Dehesa Abogados”. 
    • Desde 2010 y actualmente- socio de  DLM INSOLVIA, S.L.P.  y del despacho “DE LA MORENA ABOGADOS”. 

Datos académicos

    • Master of Laws (LLM) Universidad Northwestern Pritzker School of Law (Chicago).
    • Certificado en Administración de Empresas IE Business School .
    • Master de Propiedad Intelectual- Universidad Carlos III de Madrid.
    • Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (año 2006).
    • Diversos cursos en ICAM, cursos de derecho procesal civil, cursos sobre responsabilidad de administradores y diversos cursos en materia concursal.
    • Curso especialización Administración Concursal ICAM (año 2010).
    • Diversa formación en Contabilidad y Análisis Financiero en CEF.
    • Curso especial de Mediación Concursal que habilita para el ejercicio del cargo ICAM.
    • Miembro del ICAM, INSOL EUROPE e INSOL INTERNACIONAL, TMA, ASPAC y DENAE.
    • Asistente habitual a foros y congresos nacionales e internacionales en materia concursal y de propiedad intelectual.

Labor docente y Publicaciones

Formo parte del equipo docente del centro de estudios del ICAM en los cursos de procesal civil y de derecho concursal y derecho hipotecario.

Formo parte del equipo docente del curso de reestructuraciones de IEB.

Diversos artículos publicados en revista Iuris y revista Derecho Concursal y Paraconcursal. En último publicado trata sobre la insolvencia transfronteriza bajo la perspectiva del Reglamento Europeo y el Chapter 15 del US Bankrupcty Code.