¿Qué es la cláusula suelo?
Los préstamos hipotecarios se suelen calcular en base al Euríbor, que es una tasa que refleja el tipo de interés al que las principales entidades bancarias europeas se prestan dinero entre sí. Es el acrónimo de “European Interbank Offered Rate”, o tipo europeo de oferta interbancaria. Cuando un banco concede una hipoteca, exige la devolución del pago del Euríbor más un diferencial, que sería su beneficio, ya que el Euríbor es el coste que supone al banco que otra entidad le preste dinero. Este diferencial lo establece el banco y es distinto para cada entidad. Es importante indicar que, aunque la mayoría de los préstamos hipotecarios están referenciados al Euríbor, hay otros tipos de referencia en el mercado hipotecario, por lo que será necesario aclarar con nuestra entidad qué tipo y diferencial está aplicando, ya que la suma de ambos determinará el tipo de interés final de la hipoteca.
El problema es que en multitud de contratos hipotecarios se fijaron tanto unas “cláusulas suelo”, como unas “cláusulas techo”, por las cuales se estipulaban unos topes máximos (techo), a partir de los cuales no se incrementaría el tipo de interés, y por otro unos topes mínimos (suelo), en cuyo caso el interés no bajaría del mínimo establecido en la cláusula. Estas cláusulas han impedido a los afectados beneficiarse de la caída del Euríbor de los últimos años.
Por éste y otros motivos el Tribunal de Justicia Europeo dictaminó en diciembre de 2016 que la banca debería devolver lo cobrado por cláusulas suelo opacas sin fecha límite, es decir, con retroactividad total. El TJUE dictaminó que se considerará la cláusula como nula por falta de transparencia y que se debe compensar al cliente por todo el periodo aplicado. En España, el Tribunal Supremo ha anunciado que adaptará su jurisprudencia a la resolución del TJUE.
¿Qué puedo hacer para recuperar mi dinero?
Si ya has reclamado por vía extrajudicial a tu entidad financiera y has recibido una respuesta negativa, puedes reclamar por vía judicial.
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¿Qué documentación tengo que aportar?
Deberá enviarnos una copia de los siguientes documentos:
- D.N.I de los contratantes.
- Escritura del Préstamo Hipotecario y/o escritura de compraventa con subrogación en el préstamo hipotecario.
- Fotocopia del último recibo del préstamo hipotecario emitido por el banco.
Contacto
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