FORUM, sesiones del 8 al 11 de enero de 2018.
La semana arranca con las declaraciones de testigos de los que solo vamos a citar las declaraciones más relevantes; comienza con personas que comparecieron al otorgamiento de escrituras de compra o venta de acciones de empresas creadas por el Sr. Llorca o a compra venta de fincas para determinados proyectos inmobiliarios dirigidos por el Sr. Llorca; en general, comparecen en el ejercicio de sus funciones profesionales o laborales, por sustituciones y de forma casual, no conocen las empresas a las que representan, ni las empresas contrarias que comparecen; tampoco conocen quién les otorga el poder de representación, ni, por supuesto, han intervenido en las negociaciones previas a la operación.
Continúan declarando como testigos dos Inspectores del CNP sobre los registros y las incautaciones; así como, trabajadores de FORUM y de Sociedades vinculadas que explican cuáles eran sus funciones y la línea del organigrama desde la que recibían instrucciones.
También perjudicados por su inversión en FORUM, que declaran no tener conocimientos de filatelia, que al invertir su intención no era comprar sellos sino obtener una rentabilidad que les aseguraban los comerciales de FORUM, generalmente, personas conocidas que a su vez también eran inversores junto con sus familias.
Es especialmente destacable las declaraciones como testigos de D. Manuel Conthe, quién fue presidente de la CNMV a partir de octubre de 2004 y del Director del Servicio Jurídico de la CNMV, también se ha dado lectura a la declaración de D. Blas Calzada, presidente de la CNMV desde septiembre de 2001 a octubre de 2004, predecesor del Sr. Conthe; todos ellos corroboran que la CNMV no era el órgano supervisor competente de las actividades de FORUM FILATÉLICO y AFINSA; que éstas nunca solicitaron la autorización de la CNMV y, por tanto, no eran entidades registradas y no entraban dentro de la competencia de la CNMV, que los sellos no son valores cotizables o instrumentos financieros en los términos fijados en la Ley; que los tres posibles supervisores responsables son Banco de España, CNMV o Dirección General de Seguros y Fondos de Inversión; y que con la entrada en vigor de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de inversión colectiva, se trasladó la responsabilidad a las autoridades de consumo de las CCAA; que el modelo de captación se parecía mucho más a un depósito que a una inversión en el mercado de valores y que el pacto de recompra alteraba la naturaleza del contrato, dejando de ser una mercadería de sellos a ser una “operación de financiación clarísima”; que cuando hay pacto de recompra es una actividad financiera. Que debido al problema planteado por las actividades de FORUM y AFINSA y, para evitar que se volviera a repetir, se promulgó la Ley de inversión en Bienes Tangibles (Ley 43/2007, de 13 de diciembre, de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de restitución del precio).
También declara la Jefa del Servicio de Reclamaciones de la CNMV hasta el 2002.
Por último, declara como testigo el Director de Seguridad de FORUM, promotor de una reunión de trabajo, en abril de 2005, entre la dirección de FORUM y el Director de autorizaciones de la CNMV que les advierte que están captando ahorro público y que tienen que solucionar ese problema.
Si quieres seguir leyendo: Caso Forum.